Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Otorga la fórmula alternativa de Cumplimiento de Pena de REGIMEN ABIERTO al penado ciudadano: CARLOS MAESTRE, quien deberá trasladarse por sus propios medios de manera inmediata desde su centro de reclusión PENITENCIARIA DE CORO, EN EL ESTADO FALCON, al CENTRO DE RESIDENCIA SUPERVISADA CENTRO DE RESIDENCIA SUPERVISORA, INSPECTOR RAFAEL OCHOA CASTRO, domicilio: Avenida Universidad, calle 63, Maracaibo del estado Zulia,; a los efectos del cumplimiento de tal fórmula alternativa de cumplimiento de pena, de conformidad a lo establecido en el artículo 510 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente para el momento de los hechos. SEGUNDO: Todo conforme el contenido de los artículos 470, 500, 510 del Código Or.....