DISPOSITIVO
En nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, el Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, administrando justicia por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA NULIDAD de la Audiencia Preliminar celebrada en fecha 19 de octubre de 2009, así como de la decisión que declaró la incomparecencia de la parte demandada, en la presente causa por reclamo de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales, sigue la ciudadana ORELIS SANTANDER en contra de GLOBAL UNO LOGISTICS VENEZUELA, C.A.
SEGUNDO: LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, al estado en que se practique la Notificación a la demandada, y siendo que la demandada tiene su domicilio principal en Valencia, Estado Carabobo, se le conceda el término de distancia de seis (6) días,
TERCERO: En cumplimiento y conforme al particular anterior, se ordena librar nuevo C.....