DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA EL BENEFICIO DESTACAMENTO DE TRABAJO otorgado por este Juzgado en fecha 18-04-07 al penado LUIS ALBERTO NOBLE MENESES Venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 09-05-1986, titular de la Cédula e Identidad N° V-20-585.062, Residenciado en Barrio La Popular, Calle 185 N° 48P-09 Municipio San Francisco, de conformidad a lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda oficiar bajo el N° 4315-07 a Director de Custodia y Rehabilitación del Recluso Cárcel Nacional de Maracaibo, y bajo el N° 4316-07 a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Maracaibo Estado Zulia, remitiendo copia certificada de la presente Decisión. Igualmente se oficia bajo el N° 4317-07 al Coordinador del Departamento .....