PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia alimentaría de conformidad con Resolución N° 37.036, de fecha 22 de Agosto de 2.000, publicada en Gaceta Oficial en fecha 14 de Septiembre de 2.000, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA:
1.- Consumado el acto procesal del convenimiento de fecha 13 de Junio del año en curso, celebrado por ante la Defensoría del Niño, Niña y Adolescente de la Intendencia de Seguridad Parroquial Andrés Bello de este Municipio, entre los ciudadanos YOSMENIS BLANCO RAMOS y NEYIS DEL CARMEN CUETO MARRIAGA, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme y en consecuencia, QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión. En cuanto al régimen de visitas plasmado en la .....