DECISION
Por las razones y fundamentos antes expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación incoado por el ciudadano Abogado en ejercicio y de este domicilio ROBERTO DE JESUS DELGADO GARCIA, actuando con el carácter de defensor del ciudadano acusado JHONNY ALBERT BARROSO, y SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 68-04, dictada en el acto de la Audiencia Preliminar, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 06 de septiembre de 2004, mediante la cual: Primero: declara Sin Lugar la carencia de requisitos formales de la acusación fiscal para intentar la acción, conforme a lo dispuesto en el artículo 28, numeral 4, literales ¿i¿ y ¿e¿, en concordancia con lo dispuesto en los numerales 2.....