DISPOSITIVO
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, jurisprudencial y doctrinarios ut supra referidas, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por la ciudadana CARMEN ELISTER DAVILA, titular de la cédula de identidad número V-8.705.589, contra el ciudadano JOSÉ GREGORIO CAÑIZALEZ MOLLEDA, titular de la cédula de identidad número V-7.868.397.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha nueve (9) de Abril del año mil novecientos noventa y seis (1996), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Germán Ríos Linares, Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 038, folios 81 y 82, Año: 1996.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribu.....