este JUZGADO NOVENO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: DECLARAR PARCIALMENET CON LUGAR la solicitud de prorroga realizada por el Representante de la Fiscalía 33 del Ministerio Público y acuerda el lapso de UN (01) AÑO DE PRORROGA, contado a PARTIR del 22/09/2011, a los fines de realizar el Juicio Oral y Público en la presente causa seguida en contra del ciudadano ALEXIS DE JESUS OSORIO MARTINEZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 244º del Código Orgánico Procesal Penal y se ORDENA el MANTENIMIENTO de la Medida Privativa de Libertad en contra del referido acusado, en el Centro de Arrestos y Detenciones Preventivas El Marite, de esta ciudad. En tal sentido, se declara SIN LUGAR, la solicitud realizada en fecha 23-09-11, por la Defensa Abog. NANCY LABARCA, relativa al cese de la medida privativa de libertad. Se acuerda librar oficio al Centro de.....