PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por DIFERENCIA DE BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO, incoada por los ciudadanos DIMAS GONZALEZ, GABRIEL GONZALEZ, DANIEL BRICEÑO, NELVIS MONTOYA, JAVIER TORRES y VICTOR NARANJO, en contra de BOLIVARIANA DE AEROPUERTOS, S.A (BAER) adscrita al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas procesales a la parte demandante de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la ley Orgánica Procesal Laboral.
TERCERO: SE ORDENA notificar al Procurador General de la República remitiéndole copia certificada de la presente decisión, de conformidad y como lo establece el articulo 97 del Decreto Con Rango Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza con Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.