Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por el lapso de UN (01) AÑO al penado DENNYS SANCHEZ PEREZ de nacionalidad venezolana, natural de Maracaibo de 32 años de edad, Casado, fecha de nacimiento 24-08-74, Soldador, Titular de la Cédula de Identidad No. 11.287.845, hijo de Fausto Sánchez Y Maria Filomena Pérez de Sánchez, residenciado en el Barrio Integración Comunal, sector Lilia Pérez, de Zambrano, calle 2, casa 139-10, habitación de la Familia Amaya, por detrás de las Bloqueras Circunvalación N° 03, por los Transformadores del Municipio Maracaibo del estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese la presente decisión; notifíquese y ofíciese a la ciudadana .....