Por los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE ACUERDA LA ENTREGA FORMAL Y MATERIAL, EN CALIDAD PLENA sin restricción alguna del teléfono celular, con las siguientes características: MARCA: TECNO SPARK KE5K, 4, RAM: 64 GB, IMEI1: 356405711920984, IMEI2:356405711920992, al ciudadano JOSE ANGEL MENDOZA PIRELA. Titular de la cedula de identidad N° V-30.642.292, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 293 y 294 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la entrega de los Documentos Originales, insertos en el presente asunto al ciudadano JOS.....