Sin lugar la solicitud presentada por la abogada ELIZABETH CHIRINOS MOLERO DE CASTILLO, en representación del acusado LUIS ALFONSO BOSCAN PACHANO, mediante la cual requiere el decaimiento de la medida preventiva privativa de libertad decretada en contra de su representado, de conformidad a lo establecido en el artículo 230 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal.