Impone a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA la sanción de REGLAS DE CONDUCTA, establecida en el artículo 624 de la ley especial por el lapso de seis meses , consistente en: 1 ) trabajar y/o estudiar y presentar la correspondiente constancia de trabajo o estudio por ante el Tribunal de Ejecución de esta Sección de Adolescentes cada tres meses. Cítese al adolescente IDENTIDAD OMITIDA¬¬¬, ampliamente identificado en autos junto a su Defensa, para el día (28) de octubre de 2014, a las 09:30 horas de la mañana, a fin de imponerlo del presente auto. Ofíciese. Notifíquese. Regístrese. Diarícese. Déjese copia certificada del presente auto. Cúmplase.