DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes expuestos, este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 60 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1. La INCOMPETENCIA en RAZON DE LA CUANTÍA de este Tribunal para conocer de la presente demanda que por SANEAMIENTO LEGAL DE INMUEBLE interpuesta por el ciudadano BENITO ANTONIO MENDEZ RIVERO, en contra del INSTITUTO ZULIANO DE ORTOPEDIA Y TRAUMATOLOGIA C.A, previamente identificados.
2. Se declina la competencia a cualquier Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, que corresponda conocer por efectos de Distribución, ordenando la remisión del presente expediente .....