Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO:La Inadmisión de la demanda de COBRO DE CUOTAS DE CONDOMINIO (VÍA EJECUTIVA) presentada la ciudadana NANCY MORENO DE MOLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.925.068, de este domicilio en su carácter de presidenta de la Junta de condominio del Conjunto Residencial "LA GRUTA",Sociedad Civil debidamente constituida ante el Registro Subalterno del Primer Circuito Inmobiliario del Estado Zulia, bajo el No. 61, Tomo 23-Ade, de fecha catorce (14) de agosto de 1961, y registrada en fecha seis (06) de abril de 1978, bajo el No. 01, Protocolo 1°, Tomo 4, asistida por el abogado en ejercicio JOSÉ ALEXANDER CASTRO GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Pre.....