Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARISMENDI, ANTOLIN DEL CAMPO Y GÓMEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE NUEVA ESPARTA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la presente SOLICITUD DE INSPECCIÓN JUDICIAL, presentada por el ciudadano GRACIANO DE JESÚS GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, identificado con la cédula de identidad N° V-1.324.074, domiciliado en el Sector La Playa, Manzanillo, Municipio Antolin del Campo del estado Bolivariano de Nueva Esparta, asistido por el abogado en ejercicio JOSÉ VALDIVINO RODRÍGUEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 209.186; y en consecuencia, se observa proceder como Sentencia Pasada por Autoridad de Cosa Juzgada, todo ello, conforme a lo establecido en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide:
Regístrese, Publíquese y Dé.....