En tal virtud, esta Jueza Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Circuito Judicial del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la solicitud que hicieren las ciudadanas CRUZ JUVELY RINCONES QUIJADA y REINALDA CLEMENTINA RINCONES DE AGREDA, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-8.388.684 y V-4.049.272, respecto de la revisión y designación de un nuevo Tutor y un nuevo miembro del Consejo de Tutela en beneficio de la adolescente (Identidad Omitida conforme lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA). SEGUNDO: Se revoca la designación del ciudadano DONALD PAUL RINCONES MATA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.669.235 como Tutor, en virtud de las razones ya expresadas y se nombra como TUTORA de la jove.....