PARTE DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con competencia en materia de Jurisdicción voluntaria de conformidad con el artículo 3 de la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, Administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en los Artículos 255 y 788 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los Artículos 148, 173 y 186 del Código Civil, DECLARA:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL (AMISTOSA) presentada por los ciudadanos NERIO DE JESÚS AVILA DELGADO y LOLIMAR DEL VALLE URDANETA BARBOZA, anteriormente identificados, por ante este Tribunal mediante escrito de fecha 27 de abril de 2010, de conformidad con lo previsto en el artículo 788 del .....