Por los fundamentos de hecho y de Derecho antes expuestos, este JUZGADO SEXTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra de PEDRO JAVIER NARANJO, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS, previsto y sancionado en el 422 Ordinal 2º del Código Penal, cometido en perjuicio de IVAN ROMERO, FREDDY JOSE PAZ Y LESLIE HERNANDEZ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.