DISPOSITIVO
Por los hechos y fundamentos legales antes explanados, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código de Procedimiento Civil, procede a declarar CON LUGAR, la presente demanda intentada por la ciudadana ANA MARÍA FUENMAYOR ANDRADE, en contra del ciudadano JOSÉ JAVIER VÁSQUEZ LARES, ambos identificados en la parte narrativa del presente fallo, en consecuencia:
1) Se declara resuelto de pleno derecho el Contrato de Arrendamiento autenticado ante la Notaría Pública Cuarta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en fecha once (11) de agosto de 2003, anotado con el número 31, Tomo 49 de los libros respectivos, sobre un inmueble constituido por una casa-quinta situada en la Urbanización "Las Amalias", calle 60, número 78A-4.....