En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ANTONIO JOSE DE SA DA SILVA y NATALIA DE LOS ANGELES PERDIGON BRANSCHIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad
Nros V- 6.820.099 y V- 9.415.390, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído el día 03 de marzo de 1993, ante la Jefatura Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital. Así se Decide.
No hay condenatoria en costas.
Liquídese la Comu.....