Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA el sobreseimiento de la presente causa seguida a las ciudadanas KEILA MARIOLIYS BARROSO HERNANDEZ, KARIN BARROSO HERNANDEZ, KATHERINE BARROSO HERNANDEZ y OGILS URDANETA, identificadas en autos, por el delito de LESIONES SIMPLES o GENERICAS, previsto y sancionado en el artículo 415 de Código Penal vigente para la fecha del hecho, hoy artículo 413, en perjuicio de la ciudadana BELKIS DAMELIS BRAVO VERA, por cuanto a pesar de la falta de certeza no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación y no hay bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de las imputadas. Todo de conformidad con el artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Proc.....