D E C I S I Ó N
Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO DEL MUNICIPIO LA CAÑADA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en la solicitud de Reclamación de Pensión Alimentaria, intentada por la ciudadana ARMINDA DEL CARMEN PICON MORALES, en representación de su hijo ROBERTO JAVIER DUQUE PICON, contra el ciudadano LUIS ROBERTO DUQUE MORALES.
b) No hay costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
c) Notificar a las partes y al Fiscal Distribuidor del Ministerio Público Especializado en el Sistema de Protección del Niño, Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, mediante boletas, del presente fallo, ordenándose librar las mismas y remitir ésta última con oficio.
Publíquese. Notifíquese. Déjese copia certificada por Secretaría.
Dada, firma.....