DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las profesionales del derecho SANTA DE JESÚS FRASCARRELLA y ANDREA CAROLINA RINCÓN CEDEÑO, actuando con el carácter de Fiscal Principal y Fiscal Auxiliar Octava del Ministerio Público de la Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, y CARLOS FLORES CHANG, ya identificado, en su condición de víctima, y representado por las Abogadas LESLIS MORONTA LÓPEZ y ANALY GONZÁLEZ MORONTA, precedentemente identificadas, en contra de la decisión dictada por el el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 10 de marzo de 2011; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión en la cual se revisó la medida privativa de libertad, oto.....