DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Maracaibo del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara, en Nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Declarar con lugar en derecho la entrega del vehículo solicitado por el ciudadano MARIO JOEL MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, militar activo, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.314.387, y domiciliado en la población de Siberia, Campamento La Trampa, casa 27, Municipio Uribante, Estado Táchira, el vehículo de su única y exclusiva propiedad, el cual posee las siguientes características: MARCA Ford, COLOR Verde, PLACA 58A-VAD, AÑO 1980, MODELO Country, TIPO LTD Ranchera, SERIAL DE CARROCERIA B2600D-01553, SERIAL FOU 766137398F, en forma directa en Deposito, Guarda, Custodia, Uso y Mantenimiento, teniendo así mis.....