administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia extranjera de divorcio dictada el día 27 de octubre de 2008 por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N° 3 del Municipio Leganés de la Comunidad de Madrid de España, en virtud de la procedencia de la solicitud de exequátur formulada por la abogada NORA BRACHO, actuando como representante judicial del ciudadano MANUEL ENRIQUE UBIEDA FONTALVO .