JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la Dra. JUDITH DEL CARMEN CASTRO, en su condición de Juez del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción judicial del Estado Zulia, en relación al Juicio que incoaron los ciudadanos REYES DE JESUS RIVERO MARRUFO, REYES JOSE RIVERO, ROBIN ALBORNOZ, LUCAS CASTEJON, ALEJANDRO GIL, YELITZA ROMERO, FRANCISCO CASTELLANO, NESTOR PEÑA RIVAS, EDGAR LOPEZ, JOSE ROMERO, ROBERTO BERMUDEZ, ERNESTO VELASQUEZ Y NELSON JIMENEZ en contra de la empresa CEMEX DE VENEZUELA C.A; 2.- SE ORDENA comunicar la presente decisión a la ciudadana Dra. JUDITH DEL CARMEN CASTRO, quien ejerce la Rectoría del Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia.-