DECISIÓN:
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia en lo Agrario, del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: SIN LUGAR la solicitud de Calificación de Despido formulada por el ciudadano LUIS GERONIMO DIAZ MILLAN contra la Empresa ¿LEGACY, C.A.¿, ambas partes plenamente identificadas en autos.-
Segundo: En consecuencia, se considera ajustada a derecho la consignación propuesta por la parte demandada, conforme a lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica del Trabajo; lo cual a juicio de quien Administra Justicia en este Tribunal es procedente; otorgándole la posibilidad al trabajador accionante de reclamar por la vía del juicio Ordinario Laboral el Cobro de la Diferencia de sus Prestaciones Sociales conforme a la Ley, además de cualquier otro concepto o indem.....