Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO OCTAVO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante, ciudadana MARÍA CHIQUINQUIRÁ TORRES MEDINA, a los ciudadanos FEDERICO ALBERTO ALMARZA CHACÍN, SANDY ALBERTO ALMARZA TORRES y CINDY DEL CARMEN ALMARZA TORRES, antes identificados, en su condición de progenitor e hijos del de cujus, en ese orden. Se dejan a salvo los derechos de terceros.
Se ordena devolver las presentes actuaciones en original y expedir las copias certificadas solicitadas.
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE.