Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA DE OFICIO LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA de conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 en su ordinal 1° y 269 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio de COBRO DE BOLIVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMATORIO, intentada por la Empresa SUMINISTROS MENDEZ C.A, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de Ciudad Ojeda, en fecha 20 de marzo de 2003, bajo el numero 21, Tomo 3A, Trimestre 1ero, y representada por la abogada KEYLA MENDEZ MACIAS, con Inpreabogado bajo el Nro. 104.775; en contra de la Sociedad Mercantil, EMPACADURAS UNIONES Y REPARACIONES C.A, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha 31 de agosto de 1987, bajo el numero 2, Tomo 15-A, según acta .....