DECLARA: PRIMERO. PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado ALFONSO BALLESTAS LOAIZA, inscrito en el IPSA bajo el Nº 61.066, quien actúa en representación de los acusados JIMMY ENDRICK DELGADO RAMÍREZ y ENDRICK MICHEL PALMERA MORALES. SEGUNDO: ANULA la Sentencia N°. 023-09, de fecha 30 de Junio del año 2009, dictada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, constituido en forma MIXTA, que POR UNANIMIDAD, CONDENA a los ciudadanos ENDRICK MICHELL PALMERA MORALES y JIMMY ENDRICK DELGADO RAMÍREZ, plenamente identificados en autos, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 458 y 277 del Código Penal, condenándolos a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, mas las accesorias de ley, establecidas en los Artículos 16 y 34 del Código Penal, cometidos en perjuicio de la ciudadana NEI.....