DECRETA LA PRESCRIPCION DE LA SANCION DE IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, por el lapso de OCHO (08) meses, en cuanto a las obligaciones de: cursar estudios de educación formal o cursos de capacitación, que le fueron impuestas por el Tribunal de Control N° 02 de esta Sección de Adolescentes. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 616 y 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.