En Nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Impartir HOMOLOGACIÓN, al CONVENIMIENTO realizado por el Ciudadano: MARIO ALI MORENO ALDANA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 10.163.227, debidamente Asistido por el Abogado RAYMAR MAVAREZ BRACHO, Parte Demandada y el Dr. FRANCISCO BALESTRINI, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 18.055, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Parte Demandante.- SEGUNDO: Téngase dicha Homologación como Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena mantener abierta la causa hasta que el Demandado de fiel cumplimiento al convenimiento celebrado; asimismo en lo sucesivo el demandado deberá realizar los pagos acordados en el convenimiento directamente a la persona del acreedor, y en su oportunidad Archivese del presente Expediente.- Incorpórese el Cuaderno de Medidas al Principal de conformidad con lo establecido po.....