Esta Juzgadora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad que le confiere la Ley, considera procedente y ajustado a derecho, PRIMERO: Declarar Con Lugar la Solicitud incoada por la ciudadana ELVIA PAOLA GRAJALES VERGARA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° v-15.422.700. SEGUNDO: DECRETAR como CARGA FAMILIAR de la ciudadana ELVIA PAOLA GRAJALES VERGARA venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° v-15.422.700 a su sobrino, el niño (Identidad omitida conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), de tres (03) años de edad, y pueda percibir, EN CASO DE SER PROCEDENTE EN DICHO MINISTERIO, los beneficios correspondientes al seguro HCM, Becas Estudiantiles, útiles escolares y juguetes, así como seguro social y cualesquiera otro beneficio que cancele el Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género a los familiares de sus empleados, a tenor de lo.....