Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano ADOLFO HERNÁNDEZ, debidamente asistido por el profesional del Derecho LUIS GUILLERMO HERNÁNDEZ, interpuesto contra la decisión N° 0238-07, dictada por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, de fecha 26 de Enero de 2007, en la causa seguida a la empresa COMPAÑÍA ANÓNIMA ENERGÍA ELÉCTRICA DE VENEZUELA, por la presunta comisión del delito de Exacciones Legales, previsto y sancionado en el artículo 68 de la derogada Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, hoy previsto y sancionado en el artículo 69 de la Ley Contra la Corrupción, cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en consecuencia se CONFIRMA la d.....