Este Tribunal le imparte su aprobación homologándolo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo se ordena la entrega del instrumento cambiario (Letra de Cambio) previa certificación en actas y el archivo del expediente.
La Juez,
Abog. María del Pilar Faría Romero.
La Secretaria,
Abog. Ada Jiménez.
1.435-05