Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO, presentado en el Juicio que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, introdujo el Ciudadano TITO ENRIQUE CASTILLO RINCON, Titular de la cedula de identidad Nro. 2.883.277 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo de Maracaibo del Estado Zulia, actuando en su carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil "ADMINISTRADORA DE INMUEBLES, C.A" (ADINCA), debidamente inscrita en el Registro de Comercio llevado por la Secretaria del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha trece (13) de Febrero de 1957, bajo el Nº 136, Libro 42, Tomo 1º paginas 435-.....