...Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y citados, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículos 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara suficiente el derecho que le corresponde a los ciudadanos GUILLERMO JOSÉ SILVA RANGEL, EDUARDO JOSÉ SILVA RANGEL y KATHERINE PAOLA SILVA RANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.464.216, 21.353.310 y 25.325.013 respectivamente, domiciliados en esta ciudad y municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia como descendientes, en consecuencia ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ciudadana ROSA DEL SOCORRO RÁNGEL PÉREZ, quien era, venezolana, mayor de edad, titu.....