EN CONSECUENCIA POR LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO CONSTITUIDO DE MANERA UNIPERSONAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Excepciona de Oficio de conformidad con lo establecido en el articulo 28 ordinal 4° letra d, y 33 del Código Orgánico Procesal Penal y por vía de consecuencia decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de la acusada BRIGIDA ROSA FERNANDEZ SILVA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 7.790.430, de 52 años de edad, soltera, natural de Laguna del pajaro Municipio Guajira del Estado Zulia, nacida en fecha 05/05/1961, profesión u oficio Comerciante, Lugar de Trabjo Centro Comercial Las Playitas, hija de VIRGILIO FERNANDEZ Y MARIA SILVA, Residenciada en Villa del Lago, calle Amapola, casa N° 27B-44, Parroquia San FranciscO, Estado Zulia, telefono 0426764.....