En el día hábil de hoy, 26 de Febrero de 2014, siendo las 12:00 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece el apoderado judicial abogado Francisco Pirela en representación e INGENIERIA DE PROYECTOS Y DE CONSTRUCCIONES, C.A. (INPROCE, C.A.) y PREFORMADOS DE ACERO Y SERVICIOS, C.A. (PREASCA) en su condición de parte demandada, debidamente representada por las apoderadas judiciales abogadas Lileana Ríos y Ana Adrianza, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la demandada pagará al demandante el día 21/03/14 en la sede del Tribunal la cantidad de cuarenta mil bolívares (Bs. 40.000,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES......