En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República y por autoridad de la ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CULPABLE al ciudadano JORGE LUÍS ROJAS BERMÚDEZ, quien es venezolano, natural de la Isla De Coche, estado Nueva Esparta, nacido en fecha 04-01-1985, de 25 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Constructor, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-18.112.188, domiciliado en Campomar, Calle 19 de Abril, Casa sin número, de color azul, al lado de la Bodega de Luís, Municipio Mariño, estado Nueva Esparta, y se le condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley establecidas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo Tercer.....