DISPOSITIVO
Por las consideraciones antes expuestas este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1) DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandante recurrente, en contra de la decisión de fecha dieciséis (16) de Febrero de 2005 dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en el Nuevo Régimen y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
2) QUEDA FIRME EL FALLO APELADO.
3) SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandante recurrente de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. DÉJESE COPIA CERTIFICADA POR SECRETARÍA DEL PRESENTE FALLO.
DRA. THAÍS VILLALOBOS SÁNCHEZ
LA JUEZ SUPERIOR
OBE.....