DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuestos este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) CONSUMADO el acto procesal de DESISTIMIENTO, celebrado por la parte demandante en el juicio por RESOLUCIÓN DE CONTRATO seguido por la ciudadana RINA VELASQUEZ DE FERNANDEZ contra los ciudadanos LUIS FELIPE ROMERO ATENCIO y GUADALUPE ANDRADE, todos identificados en la parte narrativa de este fallo, en consecuencia, se homologa el presente desistimiento, y se le da el carácter de Cosa Juzgada.
B) No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
C) Se ordena devolver los originales solicitados previa certificación en actas.
Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código.....