TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL LABORAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley. Declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento realizado por la ciudadana ZOBEIDA GELES DE ESCALANTE, como parte actora, representada judicialmente por el ciudadano GILBERTO LINARES, con la empresa demandada COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL DE PRODUCTOS “CANAPRO”, por concepto de Diferencia de Prestaciones Sociales.
SEGUNDO: Se imparte el carácter de Cosa Juzgada.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido.
Se deja constancia que la parte actora estuvo representada por los profesionales del Derecho RODRIGO RAMOS Y GILBERTO LINARES, titulares de las cédulas N° 7.761.041 y 3.115.331 respectivamente.
Se ordena expedir copia certificada .....