PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado ALEXANDRE FERRAO RODRÍGUES, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante PROMOTORA 4.200, C.A., en contra de la decisión dictada en fecha 17-1-2007 por el Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: Queda confirmada la sentencia apelada dictada en fecha 17-1-2007 por el Juzgado Primero de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macando de este Estado.
TERCERO: De conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas al apelante por haber resultado vencido en el presente recurso.