PRIMERO: Le imparte su homologación al acuerdo transaccional celebrado en fecha 11.03.2020 (f. 186 y 187) entre la abogado MARVIC LOPEZ MARIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 106.867, quien actúa en nombre y representación de los demandados, ciudadanos CESAR ALBERTO GARCIA GOMEZ y CESAR MICHELLE GARCIA BARRESES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.825.430 y V-19.233.155 respectivamente, y la abogado IRIS DEL VALLE VASQUEZ VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 69.854, quien actúa en su propio nombre y representación en su condición de parte actora, conforme a lo dispuesto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente en su oportunidad.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas en.....