Por lo antes expuesto, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Díaz de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en la demanda de Cobro de Bolívares derivado de Accidente de Tránsito, presentado por el ciudadano CARLOS EDUARDO FEBRES CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-9.422.271, contra el ciudadano ciudadano LUÍS ÁNGEL MARÍN CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-6.845.008, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por imperio del artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Archívese el expediente en su debida oportunidad.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Des.....