En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones Titulo Suficiente para asegurar su condiciones como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la De Cujus OMAIRA ELENA CASTELLANOS de CAMEJO a los ciudadanos MANUEL ENRIQUE CAMEJO CASTELLANOS, LUIS EDUARDO CAMEJO CASTELLANOS, OMAR ALFREDO CAMEJO CASTELLANOS, ZULAY ELENA CAMEJO CASTELLANOS y MANUEL DEL JESÚS CAMEJO MARÍN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.588.993, V-12.095.924, V-12.095.923, V-7.929.538 y V- 1.634.836, en su condición de hijos y esposo, respectivamente, de este domicilio.