Seguidamente el tribunal con el debido asesoramiento del experto- ingeniero civil antes identificado expone: Se observa que se trata de una vivienda en construcción, y la cual no cuenta con los servicios de electricidad, aguas blancas , aguas negras, ( a pesar de que en el inmueble las tuberías de los servicios se encuentran empotradas ), no cuenta con un sistema de descarga de aguas negras,( NO POSEE POZO SEPTICO) , y no cuenta con los accesorios básicos, es decir: Pocetas, lavamanos, ducha, fregadero, igualmente hago constar que dicha vivienda en construcción para el momento de la inspección se encontraba cerrada en su puerta principal, visualizando el interior de la misma a través de los protectores de las ventanas. En este estado el experto- ingeniero civil nombrado al efecto expone: En mi condición de experto nombrado por la Superintendencia Nacional de Arrendamiento y Viviendas del estado Bolivariano de Nueva Esparta,( SUNAVI) expone lo siguiente: Que para el momento de la pra.....