En este estado el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se declara legalmente embargado preventivamente la cantidad de VEINTISIETE MIL TREINTA Y CINCO BOLIVARES CON DOCE CENTIMOS ( Bs. 27.035,12)., que se encuentra depositadas en la cuenta corriente Nº 01080323310100019244, correspondiéndote al ciudadano ALBERTO ACOSTA SAAVEDRA. Igualmente se le informa a la notificada, que las cantidades de dinero que han sido legalmente embargados preventivamente en este acto, deberán ser remitidas en cheque de gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, al expediente Nº 34999. Siendo las once y cincuenta minutos de la mañana se da por terminado el presente acto. Termino se leyó y conformes firman.
LA JUEZ TEMPORAL
ABOG. ANNELIESE G. GONZALEZ VERA
EL APODERADO ACTOR
EL NOTIFICADO
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