Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara:
Primero: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos CIRENE DAULIS POLANCO LOPEZ Y LEIRON ELIAB LEON NUÑEZ, ya identificados, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día diecinueve (19) de noviembre del año mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante el Jefe Civil Y Secretario de la Parroquia Cacique Mara del Municipio Maracaibo Estado Zulia, como se evidencia de Acta de Matrimonio Nº 355, agregada en copia certificada, expedida por la mencionada autoridad civil.